El juzgado falla en contra del contencioso administrativo interpuesto por concejales del Partido Popular de Recas y les condena a pagar las costas
El juez ha dado la razón al Ayuntamiento de Recas en su decisión de denegar la información de carácter tributario de varios vecinos de la localidad que el Partido Popular le había solicitado y que no les fue facilitada en virtud de la Ley General Tributaria y de la Ley de Protección de Datos.
El fallo de la sentencia dictada por el Juzgado contencioso administrativo número 2 de Toledo desestima el recurso contencioso-administrativo que concejales y concejalas del Grupo Municipal Popular (formado por los concejales Laura Fernández, Gabriela Zamorano, Rubén Darío Cabañas y Benito Agudo) presentaron en noviembre de 2019 contra el Ayuntamiento por no facilitarles documentación municipal relativa a justificantes de pago sobre tasas de basura y tasas de enterramiento de varios vecinos de la localidad.
Además, el juez condena al PP a pagar las costas del proceso judicial.
De esta forma, el juez avala la negativa del Ayuntamiento de Recas a entregar la documentación que solicitaba el PP y que, como ha demostrado la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo, no procedía poner a disposición de los concejales “en virtud del artículo 91 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria”.
Además, en la sentencia se especifica también, haciendo referencia a los límites del derecho de acceso a la información por parte de los concejales, que la Agencia Española de Protección de Datos ya se ha pronunciado en algunas ocasiones y concluye que no se dan en este caso los criterios para la cesión de datos de naturaleza tributaria que contempla la Agencia.
Desde el equipo de Gobierno municipal se ha recibido con satisfacción este fallo judicial, que se ha producido el pasado 12 de mayo, y que deja claro que la actuación del Ayuntamiento era la correcta, estaba ajustada a derecho y que en ningún caso ha vulnerado el derecho de la oposición en su acceso a la información municipal.