El caso se refiere, concretamente, al conflicto generado porque el actual portavoz del PP, Santiago Serrano Godoy, era miembro de la Junta de Gobierno Local, órgano de este contrato; causa manifiesta de la prohibición para que la empresa en la que su madre tenía participación (Godoy Droju S.A.) concurriera al contrato de suministro de cloro.
La portavoz municipal ha declarado que el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha también acreditó ese impedimento por relación familiar, al tiempo que ha pedido que el señor Serrano “asuma su responsabilidad política”.
En otro orden, la Junta de Gobierno ha aprobado el suministro de 1.800 unidades de contenedores para la recogida de residuos domésticos mediante el sistema de carga lateral, en aras de la mejora de la gestión de estos desechos.
La portavoz municipal en el Ayuntamiento de Talavera de la Reina, Flora Bellón, ha explicado que el juzgado avala la existencia de un conflicto de intereses y la prohibición de contratar, por relación de consanguinidad de primer grado, en el procedimiento de adjudicación del conocido ‘Caso Cloro’; tal y como se prevé en el artículo 60.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, y en consecuencia, la declaración de la “prohibición de contratar y la revisión oficial para declarar la nulidad de los contratos firmados en su día”.
Así lo ha trasladado durante la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno Local, en la que se ha tomado conocimiento de la sentencia dictada el 19 de febrero de 2021 por el juzgado de lo contencioso-administrativo número 1, respecto al contrato de suministro de productos para el tratamiento del agua en las piscinas y limpieza de instalaciones.
Es la primera sentencia que sale en relación al famoso ‘Caso Cloro’ y da la razón al Ayuntamiento diciendo la resolución, por la cual se declaró la nulidad de pleno derecho de la adjudicación de los lotes B y C (de este contrato), que “había un conflicto de intereses y la prohibición de contratar por parte de unos integrantes de dicha Junta de Gobierno Local, concretamente el actual portavoz del PP, Santiago Serrano Godoy, por la concurrencia de la sociedad de la que formaba parte su madre, familiar de primer grado de consanguinidad”. Por tanto, en julio de 2019, el Ayuntamiento declaró la nulidad de ese contrato, Godoy Droju S.A. interpuso una demanda, y ahora ha sido desestimada dando así la razón al Consistorio.
La relación madre e hijo es la “causa de prohibición” que impedía a la sociedad acceder al concurso de licitación y de cuyo órgano de contratación (la Junta de Gobierno), era miembro el segundo
La sentencia deja claro que “Santiago Serrano y la sociedad Godoy Droju S.A., de la que su madre tenía una participación del 25%, concurre en la causa por la prohibición de contratación”. El que era viceportavoz municipal en el anterior mandato, también era miembro de la mesa de contratación y ello es la “causa de prohibición que impedía a la sociedad acceder al concurso de licitación; carecía de capacidad e incumplió los requisitos al firmar la declaración responsable en la que decía que no tenía ninguna causa que le impidiese concurrir a ese procedimiento de licitación”, ha resumido la portavoz.
Bellón, ha continuado diciendo que esta sentencia “deja muy clarito” las gestiones que se hicieron en ese momento y también hace referencia al informe del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, del que se dio cuenta ya en julio de 2019 y que, “también avaló esa declaración que hizo el Ayuntamiento de prohibiciones e incumplimientos que eran flagrantes”.
El Consultivo también acreditó ese impedimento para concurrir por relación familiar
En su página 23, el Consultivo recoge que resultaba “acreditado que, siendo el órgano de contratación la Junta de Gobierno Local, de la que formaba parte el concejal Santiago Serrano Godoy, quien formó parte de las sesiones de dicho órgano colegiado en las que se clasificaron las proposiciones presentadas y en las que se dio la conformidad de adjudicar a Godoy Droju S.A. el contrato, se acredita la concurrencia de los requisitos que exige el artículo de la Ley de Contratos que le impedían a él y a su madre concurrir”; la segunda en el caso del procedimiento de licitación y el primer por no haber hecho lo que todo cargo público tiene respecto a la “ética política”, que habría sido “salirse de esas Juntas de Gobierno y no salir manifestando que no sabía que su madre formaba parte de esos procedimientos de licitación”.
“Hay asuntos en los que su obligación era poner en conocimiento esa relación de parentesco y salirse de esas Juntas de Gobierno en estos procedimientos de contratación donde su madre era partícipe”, ha precisado a preguntas de los periodistas.
“Esperamos que el señor Santiago Serrano asuma su responsabilidad política”
Bellón, ha recordado que ya se denunciaron en su momento las “irregularidades” en las que ahora esta primera sentencia del caso da la razón y avala lo que el equipo de Gobierno defendió como Grupo Municipal Socialista en años anteriores. Al hilo de esto, la portavoz municipal ha declarado que, “ahora que estamos viendo que el PP de Talavera pide tantas explicaciones al Gobierno por la gestión diaria, creemos que quienes deberían asumir responsabilidades son ellos; esperamos que el señor Santiago Serrano asuma su responsabilidad política, porque es una cuestión de ética política y hay un juzgado que dice lo que hizo”.
Igualmente, ha destacado la importancia de este asunto remarcado que “compañeros nuestros del PSOE, por cuestiones infinitamente menores a ésta fueron llevados a los tribunales penales”.
La sentencia todavía no es firme, porque es susceptible de recurso de apelación.
Esta sentencia se refiere a los lotes B y C del contrato, pero otro juzgado continúa con el procedimiento judicial en relación al lote A. En este caso, la entidad Godoy Droju S.A. demandó, con el contrato en vigor por el contrato del cloro, alegando que no podía soportar los costes.
Antes de que Godoy Droju resultara adjudicataria y se firmara el contrato con ella, las empresas que estaban por delante en el orden de prelación, en función de la puntación, fueron renunciando progresivamente haciendo referencia todas a esa subida del precio del producto que les impedía un equilibrio económico. Sin embargo, Godoy, que era la última, si llegó a firmar el contrato, aunque luego motivó su renuncia en esa circunstancia económica.
Suministro de 1.800 unidades de contenedores mediante el sistema de carga lateral
En otro orden de cosas, la portavoz ha dado cuenta de la aprobación del expediente para el contrato de suministro de 1.800 unidades de contenedores nuevos para la recogida de residuos domésticos mediante el sistema de carga lateral, así como para la implantación en las vías públicas de las zonas urbanas del término de Talavera.
El contrato tiene un importe de casi 1,7 millones de euros, IVA incluido, y está cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (Fondos FEDER), del que el Ayuntamiento fue beneficiario de la ayuda en el marco de la convocatoria de Expresiones de Interés para la mejora de la gestión de los residuos domésticos.
En este sentido, Bellón ha explicado que el Consistorio tiene aprobado un plan de residuos domésticos, que prevé la “progresiva implantación de la recogida de residuos mediante sistemas de carga lateral”, que es lo que se está llevando a cabo con la licitación de este contrato.