La coalición de izquierdas espera que el equipo de gobierno debata ambas mociones, que afectan directamente a la vida de los vecinos y vecinas de Ciudad Real.
En 1990, después de ser aceptada y firmada por 20 países, entre ellos España, la Convención sobre los derechos del Niño (y de la niña) se convirtió en Ley y fue posteriormente ratificada por 195 Estados.
Esta mañana han sido presentadas las mociones que, el Grupo Municipal Unidas Podemos, llevará para su debate al pleno municipal ordinario del mes de enero. En concreto será dos, la primera de ellas versará sobre el pin parental. La Concejala Prado Galán en rueda de prensa afirmaba: En el preámbulo de la Convención de los Derechos del Niño (y de la niña) se dice: “El niño y la niña debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad”.
Galán continuaba afirmando que, desde Unidas Podemos consideramos que “los contenidos del conocido popularmente como ‘PIN PARENTAL’ suponen una vulneración fragrante de los Derechos Fundamentales de la Infancia en todo lo referido a una educación plural, heterogénea y que apueste por la realidad social y cultural que vivimos”. Los supuestos del llamado PIN PARENTAL “atentan gravemente contra la libertad de enseñanza y, en último término, pretenden claramente menoscabar la esencia y el sentido último de la escuela pública. Por ello nos manifestamos frontalmente contrarios a una iniciativa que busca limitar el fomento de los valores democráticos de igualdad y respeto a los Derechos Humanos y pedimos que se inste al Gobierno de la Nación a que se tomen todas las medidas pertinentes para evitar que en ningún centro docente del territorio español se instaure el llamado ‘PIN Parental’”.
En segundo lugar, Galán, ha presentado una moción para la revitalización del comercio local de nuestra ciudad: La semana pasada los medios de comunicación volvían a poner de manifiesto la situación de nuestro pequeño comercio. Ya alertaban que el centro de la ciudad se encuentra en una situación de parálisis y, sin embargo, el equipo de gobierno en el Ayuntamiento de Ciudad Real del PSOE y Ciudadanos, no incluyen soluciones de ningún tipo en su agenda. El Grupo Municipal Unidas Podemos, ya puso el acento sobre esta situación, enmendando el proyecto de presupuestos para el año 2020, planteando la creación de una partida, -rechazada por el equipo de gobierno, sin tan siquiera discutir los términos de la propuesta – para apoyar en el pago de los alquileres de los locales, con la idea de amortiguar la situación que hoy vive el comercio de nuestra ciudad.
Galán, finalizaba diciendo que, ante esta negativa plantaremos nuevas soluciones y pediremos al pleno del Ayuntamiento de Ciudad Real que, a través de la Mesa del Comercio, se debata el estado de los locales comerciales vacíos en la ciudad y se cree un “Plan de Revitalización del Comercio Local”.
Moción “pin parental”.
En 1990, después de ser aceptada y firmada por 20 países, entre ellos España, la Convención sobre los derechos del Niño (y de la niña) se convirtió en Ley y fue posteriormente ratificada por 195 Estados.
En 1959, la Asamblea de la ONU aprobó por unanimidad de los entonces 78 estados miembros, una declaración de los Derechos del Niño (y de la niña) que contenía los siguientes 10 principios fundamentales:
Principio 1.- Los niños (y niñas) podrán disfrutar de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Principio 2.- El niño (y niña) gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
Principio 3.- El niño (y niña) tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad
Principio 4.- El niño (y niña) debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Principio 5.- El niño (y niña) física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Principio 6.- El niño (y niña), para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
Principio 7.- El niño (y niña) tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
Principio 8.- El niño (y niña) debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Principio 9.- El niño (y niña) debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Principio 10.- El niño (y niña) debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes. y así como se lo respeta, debe respetar a sus mismos.
La Convención consta de 54 artículos en los que se recogen los derechos económicos, sociales, civiles, políticos y culturales de todos los niños y niñas. Su aplicación es de obligado cumplimiento para los gobiernos de los países que la hayan ratificado, pero también define las obligaciones y responsabilidades que en relación con estos derechos incumben a otros agentes sociales entre los que se encuentran los padres, madres, profesorados, profesionales de la salud… y los propios niños y niñas.
Existe un Comité de derechos del Niño (y de la niña) integrado por 18 personas expertas en derechos de la infancia que proceden de países y ordenamientos jurídicos diferentes.
En el preámbulo de la Convención de los Derechos del Niño (y de la niña) se dice: “Considerando que el niño debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad”.
En la Parte I, Artículo 2.2 de la Convención se recoge: “Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño (o la niña) se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares”. Y en el Artículo 3.1 de esta primera parte se dice lo siguiente: “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
Así mismo, el Artículo 13.1 expresa: “El niño (y la niña) tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño”. Y en el 19.1 figura que: “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental”.
Sin duda, en el tema que aquí nos trae hoy, es fundamental lo que se dice en el Artículo 29.1, y sus siguientes apartados: “Los Estados Partes convienen en que la educación del niño (y de la niña) deberá estar encaminada a: Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades. Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas. Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena”.
Por lo expuesto anteriormente, consideramos que los contenidos del conocido popularmente como “PIN PARENTAL” supone una vulneración fragrante de los Derechos Fundamentales de la Infancia en todo lo referido a una educación plural, heterogénea y que apueste por la realidad social y cultural que vivimos tanto en el Estado Español como en una comunidad mundial cada vez más globalizada. En este sentido, consideramos que su finalidad es la implantación de una autorización expresa por parte del padre o de la madre para que sus hijos e hijas puedan asistir a materias que traten aspectos como la diversidad, la formación en valores, la perspectiva de género o la sexualidad, y que es un obstáculo diseñado con el objetivo de evitar que en los centros se impartan conocimientos basados en los Derechos Humanos, la diversidad, la igualdad entre hombres y mujeres, la educación sexual o la perspectiva de género como una herramienta útil para apreciar la democracia.
Desde Unidas-Podemos hemos mantenido y mantendremos un compromiso con la educación basada en valores democráticos de igualdad y respeto a los derechos de los hombres y mujeres que conforman nuestra sociedad y, por supuesto, a los derechos inherentes a los niños y las niñas. Por eso no podemos aceptar que se lancen impunemente aseveraciones desde partidos de la derecha parlamentaria como las que plantea un supuesto “adoctrinamiento en ideología de género que sufren nuestros menores en los centros educativos” o que «la enseñanza de juegos eróticos está lejos de la educación y cerca de la corrupción de menores». También afirman que “…hay contenidos adoctrinadores que atentan contra la libertad ideológica de los menores”.
Estos supuestos atentan gravemente contra la libertad de enseñanza y en último término pretenden claramente menoscabar la esencia y el sentido último de la escuela pública. Por ello nos manifestamos frontalmente contrarios a una iniciativa que busca limitar el fomento de los valores democráticos de igualdad y respeto a los Derechos Humanos. En definitiva, entendemos que la aceptación e implantación del “PIN Parental” es inaceptable porque menoscaba claramente los derechos de niños y niñas y porque perjudica gravemente el normal desarrollo de la actividad docente de los centros.
Ante todo, esto, el Grupo Municipal Unidas Podemos Ciudad Real SOLICITA:
- Que se inste al Gobierno de la Nación a que se tomen todas las medidas pertinentes para evitar que en ningún centro docente del territorio español se instaure el llamado “PIN Parental”.
Moción plan revitalización de locales comerciales.
Ya son más de 120 los locales vacíos en nuestra ciudad, el aumento de trabajadores y trabajadoras autónomos tan solo lo hace en un 0,1% y las empresas del sector servicios de la provincia se hunden hasta el 2,7%. Datos que confirman la alarmante situación del sector, sensible a los cambios estacionales, a la competencia de las franquicias, inasumibles para los más pequeños, y a las masivas compras por internet.
En una ciudad como Ciudad Real, en la que la mitad de las personas ocupadas lo hacen en el sector servicios, juega un papel fundamental el comercio en el marco de su estructura productiva. Estos motivos hacen que se resienta la actividad económica así como el empleo existente en el sector.
La semana pasada volvían a poner de manifiesto los medios de comunicación la situación de nuestro pequeño comercio. Ya alertaban que el centro de la ciudad se encuentra en una situación de parálisis y sin embargo, el equipo de gobierno en el Ayuntamiento de Ciudad Real del PSOE y Ciudadanos, no incluyen soluciones a esta situación en su agenda.
Este Grupo Municipal ya puso el acento sobre esta situación, enmendando el anteproyecto de presupuestos para el año 2020, planteando la creación de una partida, -rechazada por el equipo de gobierno, sin tan siquiera discutir los términos de la propuesta – para apoyar en el pago de los alquileres de los locales, con la idea de amortiguar la situación que hoy vive el comercio de nuestra ciudad.
Ante todo esto, el Grupo Municipal Unidas Podemos Ciudad Real SOLICITA:
- Que, a través de la Mesa del Comercio, se debata el estado de los locales comerciales vacíos en la ciudad y se cree un “Plan de Revitalización del Comercio Local”.
- Dar traslado de esta moción a FECIR y a la Asociación Comercial de Ciudad Real.
- Publicitar estos acuerdos en la web municipal, así como en las redes sociales del Ayuntamiento.